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Foro Coches eléctricos => Hasta Zoe 40 => ZOE => Renault => Precios, alquiler batería, revisiones => Mensaje iniciado por: Altra en Junio 04, 2014, 01:04:30 PM

Título: Ayudas y Renta
Publicado por: Altra en Junio 04, 2014, 01:04:30 PM
El pasado lunes, realizamos la declaración de la renta (más bien lo hizo mi mujer) y no tuvimos que devolver nada de las ayudas a Hacienda, y eso que insistimos en ello.
Lo dicho, en Vitoria-Gasteiz y por nuestra parte no ha habido que devolver euro alguno a Hacienda :)
Título: Re:Ayudas y Renta
Publicado por: Fernando M en Junio 04, 2014, 01:15:44 PM
Casilla 424. Compruébalo bien, se puede hacer una complementaria, estais en plazo.

Esto me recuerda a mi suegro, que dice que no tiene que pagar nada por el PIVE porque se lo han dicho en la gestoría... (http://cdn.forocoches.com/foro/images/smilies/facepalm.gif)
Título: Re:Ayudas y Renta
Publicado por: Sustrai en Junio 04, 2014, 01:43:52 PM
Tanto Navarra como el Pais Vasco tienen regimen Foral, hay una serie de exenciones a la hora de tributar por determinadas subvenciones y creo que las del vehículo eléctrico son una de ellas, es muy posible que no tenga que abonar un euro por ello.
Título: Re:Ayudas y Renta
Publicado por: Fernando M en Junio 04, 2014, 02:07:00 PM
Sobre las ayudas autonómicas sí puede ser, pero en las estatales tiene que figurar la exención en el Decreto que las regula y no es el caso.
Título: Re:Ayudas y Renta
Publicado por: Javier en Junio 04, 2014, 02:53:27 PM
http://www.planpive.net/declarar-ayudas-en-la-renta-irpf.html (http://www.planpive.net/declarar-ayudas-en-la-renta-irpf.html)

Están obligados a declarar:

1. Aquellos contribuyentes con salarios superiores a 22.000 euros brutos

2. Los que ganan más de 11.200 euros si tienen más de un pagador y la suma de lo percibido por el segundo y restantes excede los 1.500 euros al año.

3. Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, por un importe superior a 1.600 euros anuales en conjunto.

4. Imputaciones de rentas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro o subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, que superen los 1.000 euros anuales.

5. Rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas o ganancias patrimoniales superiores a 1.000 euros anuales en conjunto.

6. Pérdidas patrimoniales superiores a 500 euros.

Yo creo que el que gane menos de 22.000€ y no cumplen los supuestos siguiente no están obligados a hacer la declaración y por lo tanto no tienen que pagar. Las ayudas del PIVE que es una ganancia patrimonial de 1.000€, está justo en el límite. Tampoco le devuelven claro.
Título: Re:Ayudas y Renta
Publicado por: Sustrai en Junio 04, 2014, 03:34:58 PM
En el caso de las haciendas forales al margen de los ingresos es seguro que las ayudas autonómicas están exentas, en el caso de las estatales no lo se pero sin en la hacienda Foral de Araba le han comentado que están exentas....