¿Necesario? ¡Es obligatorio! Proteccion para transitorias y permanentes, ambas cosas.
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Mostrar Mensajes MenúCita de: Nionic en Junio 11, 2018, 05:25:29 PM
No hay manera.
Ahora me proponen recomprarme el Fluence Ze.
Que no se comprometen a que haya baterias ni cuando.
El cargador de 1500€ que me obligaron a comprar de INDRA me lo como con patatas, así como los 1200€ (con esto ya contaba) de la instalación del instalador que ellos me impusieron.
Verguenza de marca Renault, la verdad.
Me encanta el coche pero ya le cogí mania a Renault.
Me veo reservando un Sion!
¿Que no nos ampara el contrato de alquiler para que un juez les obligue a cambiar la batería?
¿Que hariais?
Cita de: JaviRs en Junio 09, 2018, 11:59:06 AM
No tenemos que pagar como un petrolero...hay que cambiar las cosas también con el tema pólizas.
Consulta reciente, Catalana Occidente con gran historial positivo y enchufe...560€ TRm fran 250€
Citarque cuando lo tengas enchufado y por una tormenta o un cambio de tensión te salte el diferencial, al día siguiente estas sin coche... que cualquier gamberro te lo puede desenchufar para hacerte la gracia... etc."
Cita de: Asturamp en Junio 05, 2018, 08:30:06 PM
Al final voy a pedir exención por discapacidad, así que exención del 100%... Pero cual es mi sorpresa al mirar las ordenanzas municipales al respecto que tarifican >21CVF en más de 200€, es decir que cuando me enviaron la viñeta con los 106€ ya era aplicando la bonificación que ellos consideraban... Es una salvajada no lo siguiente... en proporción sale más barato tener un Model S P100D con sus 700cv que un Ampera de 150cv...
En fin, la pena será perderme la cara de la .... de .... de la funcionaria cuando vea que gano yo, ya que no voy a pagar el 25%, es que voy apagar 0€...
Cita de: davidrodrigue1 en Mayo 22, 2018, 03:06:44 PM
Les he comentado el tema y me dicen que si funcionan, pero que es necesaria la tarjeta ciudadana para usarlo.
Igualmente puede que alguno ocasionalmente no funcione, pero por lo que me dicen lo supervisan de vez en cuando.
Cita de: davidrodrigue1 en Mayo 22, 2018, 03:06:44 PM
Buenos días,
Yo trabajo en una empresa de eventos y estamos preparando un evento sobre el coche eléctrico, en el cual contamos con Edp como patrocinador; con lo que tengo contacto directo.
Les he comentado el tema y me dicen que si funcionan, pero que es necesaria la tarjeta ciudadana para usarlo.
Igualmente puede que alguno ocasionalmente no funcione, pero por lo que me dicen lo supervisan de vez en cuando.
Cita de: davidrodrigue1 en Mayo 22, 2018, 06:14:35 PMCita de: ccastine en Mayo 22, 2018, 03:56:57 PM
Observo que EDP es patrocinadora del evento, y por tanto tengo una postura oficial por la que preguntarte:
¿Qué teneis que decir al respecto del servicio (o falta de) que prestan los puntos de recarga municipales en Gijón y cuyo mantenimiento lleva esta compañía?
http://foroev.com/index.php?topic=9522.0
No cometais el error de pensar que la venta de un VE se puede hacer sin entenderlo como una pieza de un puzzle bastante mayor. Piensa en cuantos Tesla se venderían de no existir la red de súpercargadores.
Hola ccastine, respecto a tu reflexión comprendemos y estamos de acuerdo con ella, es importante no solo los VE sino también los puntos de carga, entre otras cosas. Ese es precisamente uno de los motivos por los que contamos con Edp como patrocinador del evento.
De los fallos que me comentas en los puntos de carga por su mantenimiento no te puedo comentar nada ahora, lo traslado a los responsables de Edp y ya os comentaré algo por aqui. Esperemos que si hay fallos, se solventen lo antes posible.
CitarEn relación con la reclamación presentada por usted frente a LÍNEA DIRECTA ASEGURADORA,
S.A., le informamos que su reclamación fue trasladada a la compañía reclamada conforme al
procedimiento establecido en el Reglamento del Jurado. En el día de ayer, se recibió escrito de
dicha compañía en el que manifiestan que no son socios de Autocontrol y que rechazan
expresamente someterse a la competencia del Jurado.
En consecuencia, en aplicación del artículo 18.2 del Reglamento del Jurado, éste no emitirá una
resolución, pero procederá de oficio a la emisión de un Dictamen que refleje su parecer sobre la
corrección deontológica de la publicidad, dictamen que le será comunicado.
CitarPara nuevos suministros, ampliaciones o modificaciones hay que exigir el B2 (400/230 V) que es la tensión normalizada por el reglamento electroténico de baja tensión (artículo 4 del RD 842/2002).
Al respecto, el artículo 46 del 1955/2000, de 1 de diciembre, dice lo siguiente:
"Artículo 46 Potencia y tensión del suministro
La elección de la tensión, el punto de entrega y las características del suministro serán acordados entre la empresa distribuidora y el solicitante teniendo en cuenta un desarrollo racional y óptimo de la red, con el menor coste y garantizando la calidad del suministro. En caso de discrepancia resolverá el órgano competente de la Administración.
Tendrán la consideración de suministros en baja tensión aquellos que se realicen a una tensión inferior igual a 1 kV, no pudiéndose atender suministros con potencia superiores a 50 kW, salvo acuerdo con la empresa distribuidora.
La determinación de la potencia solicitada en los suministros en baja tensión se establecerá de acuerdo con la normativa vigente.
Serán suministros en alta tensión aquellos que se realicen a una tensión superior a 1 kV, sin que exista límite de potencia. El suministro en alta tensión se llevará a cabo a la tensión acordada entre la empresa distribuidora y el solicitante entre las disponibles, teniendo en cuenta las características de la red de distribución de la zona.
En el caso de existir una tensión a extinguir y otra normalizada, se considerará únicamente esta última como disponible."
CitarSeñala la Dirección de Competencia que se distingue entre dos tipos de extensión de la red de distribución:
• Extensión natural de la red: refuerzos o adecuaciones de las instalaciones de distribución existentes a las que se conecten las infraestructuras necesarias para atender los nuevos suministros o la ampliación de los existentes, que respondan al crecimiento vegetativo de la demanda. Dichas infraestructuras deben ser realizadas y costeadas por la empresa de distribución responsable de las mismas en la zona y se reconocen en la retribución correspondiente a cada distribuidor.
• Instalaciones de nueva extensión de red: instalaciones o infraestructuras de red necesarias para la atención de solicitudes de nuevos suministros o ampliación de los existentes, que no respondan a crecimientos vegetativos de la demanda, desde la red de distribución existente hasta el primer elemento propiedad del solicitante. Dentro de las instalaciones de nueva extensión de red, se distinguen dos categorías:
Las instalaciones de nueva extensión de red necesarias para atender nuevos suministros o ampliación de los existentes de hasta 100 kW en baja tensión y 250 kW en alta tensión, en suelo urbanizado que con carácter previo a la necesidad de suministro eléctrico cuente con las dotaciones y servicios requeridos por la legislación urbanística, serán realizadas por la empresa distribuidora de la zona, dando lugar a la aplicación de los correspondientes derechos de extensión siempre que no estén incluidas dentro de un plan de inversión.
Para el resto de instalaciones de nueva extensión necesarias para atender las solicitudes de nuevos suministros o ampliación de los existentes, el coste será por cuenta de sus solicitantes, sin que proceda el cobro de derechos de extensión.
Cita de: mmezo en Mayo 30, 2018, 09:23:04 AM
¿Estas seguro? Yo estuve interesándome por el tema hace 2 o 3 años y entendí que sí me lo cambiaban, pero que teniatenia que pagarlo yo. La verdad es que no tiene mucho sentido, me pareció que seria inasumible. De hecho vinieron técnicos de la compañía a mi casa y les pregunté por esa opción. Me dijeron que me recomendaban poner un auto transformador si quería tener una tierra y un neutro 'normales'.
Cita de: mmezo en Mayo 24, 2018, 01:26:02 PMEs un esquema B1, estructuras aprovechadas de los tiempos de los 120 voltios. Su funcionamiento es que la fase trae 120V y el neutro no es tal sino que se le meten otros 120V, de manera que entre ambos sacan la tensión convencional.
En mi casa por ejemplo la tierra está a 120V aprox y no es que esté mal. Todo el barrio es así.
Cita de: mmezo en Mayo 24, 2018, 01:26:02 PMLo es. El efecto que hace es simular tanto el neutro como la tierra, de manera que engaña al cargador para que cargue tanto en el esquema B1 como si no hay tierra. Todo un salvavidas pero desde luego solo para casos de auténtica fuerza mayor.
Espero que no sea uno que una la tierra con el neutro internamente...