Plan MOVES 2019

Iniciado por _Jordi_, Diciembre 24, 2018, 08:23:35 AM

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Alquimico

Lo de solicitar el achatarramiento de un coche lo veo bien pero deberían incentivar algo más la ayuda por este motivo.

twizybetis

En función de la experiencia de otros años, en las que las ayudas han durados menos que una pompa de Mistol, este año han puesto una restricción que si bien es lógica, va a enlentecer el uso de las ayudas, para que no se pueda decir que las ayudas en España son muy escasas y duran muy poco.


marhermi

Propongo cambiar el titulo de Plan VEA por Plan MOVES.

Akenaton

Dejaros de noticias de periodicos ni historias, si queréis la información directamente de quien os va a dar las ayudas, esta es vuestra pagina  ;)

http://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-movilidad-y-vehiculos/plan-moves-incentivos-la-movilidad-eficiente-y

Donde hay voluntad hay camino...

A2P

Dejo aquí un comentario de un usuario llamado "Vastard" en forococheselectricos.com que enumera muy bien los requisitos para acogerse a las ayudas del plan MOVES;


"Después de leerme el BOE al completo (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-2148), os facilito un resumen para personas físicas privadas que quieran comprar un vehículo o instalarse un punto de carga.

Espero os sirva de ayuda.

REQUISITOS COMPRA VEHÍCULO

– Máximo de importe de compra 40.000 € sin IVA (45.000 € sin IVA para familias con integrantes con minusvalía reconocida o familia numerosa).
– El vehículo tiene que estar referenciado en la base de datos de vehículos del IDAE (http://www.idae.es/coches-cuanto-consumen). A fecha de hoy, no aparece TESLA como fabricante, cosa rara.
– Achatarrar un vehículo con los siguientes requisitos:
○ Fecha de matriculación > 10 años.
○ ITV en vigor.
○ Propietario del vehículo que solicita las ayudas ostentará la propiedad del vehículo con al menos 12 meses antes de la solicitud de la ayuda.
○ Presentar último recibo del IVTM (Impuesto de Circulación, "numerito"), habiendo sido abonado éste al menos desde 2018.
– El vehículo tiene que haber sido adquirido y matriculado después de la fecha de solicitud de ayudas.
– Primero Solicitud con la siguiente documentación:
○ DNI
○ Si la ayuda no supera 3.000€, declaración o certificado de cumplimiento de estar al corriente de pagos a Seguridad Social o Hacienda.
○ Declaración de que no se dispone de otras ayudas para la misma actuación.

– Luego, si te la aceptan, realizar la inversión en un periodo no superior a 12 meses desde la aprobación de la solicitud.

– Justificar en el periodo indicado la inversión, con los siguientes requisitos:
○ Fotocopia de la Ficha Técnica del vehículo adquirido.
○ Fotocopia del Permiso de Circulación del vehículo adquirido.
○ Si se superan los 3.000 € de ayuda, otra vez declaración o certificado de cumplimiento de estar al corriente de pagos a Seguridad Social o Hacienda.
○ Factura de compra del vehículo adquirido, con los siguientes requisitos:
§ Fecha superior a la solicitud de la ayuda.
§ Debe figurar matrícula o número de bastidor.
§ Marca, modelo y versión.
§ Debe aparecer un descuento del fabricante o punto de venta de al menos 1.000€, haciendo referencia al "Plan MOVES".
○ Documentos justificativos del pago de la factura, con los siguientes requisitos:
§ Debe aparecer el destinatario de la ayuda, como único pagador.
§ Debe aparecer el fabricante o punto de venta.
§ La fecha del pago tiene que ser posterior a la fecha de la solicitud de la ayuda.
§ Debe aparecer el vehículo objeto de la subvención.
○ Certificación que acredite los datos bancarios para ingresar la subvención, siendo el titular el destinatario de la ayuda.
○ Baja del vehículo a achatarrar, con los siguientes requisitos:
§ Fotocopia del Ceritificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo.
§ Fotocopia de la Ficha Técnica, con fecha de ITV vigente.
§ Fotocopia del numerito, debidamente abonado, al menos desde 2018.

REQUISITOS PUNTO DE CARGA

– Ayuda del 40% del coste subvencionable.
– La instalación deberá realizarse con fecha posterior a la solicitud de esta ayuda.
– Subvencionan la instalación y el punto de carga, no el Contador Inteligente si decides instalar un contador adicional a tu vivienda.
– La Instalación debe cumplir los siguientes requisitos:
○ ITC-BT-52, protección IP e IK adecuada según Reglamento de Baja Tensión.
○ Modo 3 IEC 61.851-1 (con Wallbox).
○ Disponer de, al menos, conector Tipo 2 (Mennekes).
– Primero Solicitud con la siguiente documentación:
○ DNI
○ Si la ayuda no supera 3.000€, declaración o certificado de cumplimiento de estar al corriente de pagos a Seguridad Social o Hacienda.
○ Declaración de que no se dispone de otras ayudas para la misma actuación.
○ Memoria Descriptiva de las actuaciones a acometer que contenga al menos, descripción y alcance de la actuación, inversión, coste subvencionable y ayuda solicitada.
– Luego, si te la aceptan, realizar la inversión en un periodo no superior a 12 meses desde la aprobación de la solicitud.

– Justificar en el periodo indicado la inversión, con los siguientes requisitos:
○ Memoria técnica o proyecto de la instalación, según REBT.
○ Ubicación de los sistemas de recarga, referencia de estos en un plano.
○ Facturas detalladas, de manera que puedan identificarse los conceptos objetos de ayuda. Fecha de factura posterior a la solicitud de ayudas.
○ Documentos justificativos del pago de las facturas, con los siguientes requisitos:
§ Debe aparecer el beneficiario de la ayuda como único pagador.
§ Debe aparecer el tercero que nos ha realizado la instalación.
§ La fecha del pago debe ser posterior a la solicitud de la ayuda.
○ Copia de certificado de ejecución de obra civil, expedido por técnico competente.
○ Certificación que acredite los datos bancarios para ingresar la subvención, siendo el titular el destinatario de la ayuda."


...


Uripiruli

Madre mía... Me mareo solo de leer tantos requisitos...

Enviado desde mi E6653 mediante Tapatalk


mkthyl

Solo un pequeño apunte
-El vehiculo a achatarrar debe de tener la ITV pasada en la fecha de entrada en vigor del RD no en la fecha de la compra que evidentemente debe de ser posterior

Cita de: A2P en Febrero 22, 2019, 01:11:48 PM
Dejo aquí un comentario de un usuario llamado "Vastard" en forococheselectricos.com que enumera muy bien los requisitos para acogerse a las ayudas del plan MOVES;


"Después de leerme el BOE al completo (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-2148), os facilito un resumen para personas físicas privadas que quieran comprar un vehículo o instalarse un punto de carga.

Espero os sirva de ayuda.

REQUISITOS COMPRA VEHÍCULO

– Máximo de importe de compra 40.000 € sin IVA (45.000 € sin IVA para familias con integrantes con minusvalía reconocida o familia numerosa).
– El vehículo tiene que estar referenciado en la base de datos de vehículos del IDAE (http://www.idae.es/coches-cuanto-consumen). A fecha de hoy, no aparece TESLA como fabricante, cosa rara.
– Achatarrar un vehículo con los siguientes requisitos:
○ Fecha de matriculación > 10 años.
○ ITV en vigor.
○ Propietario del vehículo que solicita las ayudas ostentará la propiedad del vehículo con al menos 12 meses antes de la solicitud de la ayuda.
○ Presentar último recibo del IVTM (Impuesto de Circulación, "numerito"), habiendo sido abonado éste al menos desde 2018.
– El vehículo tiene que haber sido adquirido y matriculado después de la fecha de solicitud de ayudas.
– Primero Solicitud con la siguiente documentación:
○ DNI
○ Si la ayuda no supera 3.000€, declaración o certificado de cumplimiento de estar al corriente de pagos a Seguridad Social o Hacienda.
○ Declaración de que no se dispone de otras ayudas para la misma actuación.

– Luego, si te la aceptan, realizar la inversión en un periodo no superior a 12 meses desde la aprobación de la solicitud.

– Justificar en el periodo indicado la inversión, con los siguientes requisitos:
○ Fotocopia de la Ficha Técnica del vehículo adquirido.
○ Fotocopia del Permiso de Circulación del vehículo adquirido.
○ Si se superan los 3.000 € de ayuda, otra vez declaración o certificado de cumplimiento de estar al corriente de pagos a Seguridad Social o Hacienda.
○ Factura de compra del vehículo adquirido, con los siguientes requisitos:
§ Fecha superior a la solicitud de la ayuda.
§ Debe figurar matrícula o número de bastidor.
§ Marca, modelo y versión.
§ Debe aparecer un descuento del fabricante o punto de venta de al menos 1.000€, haciendo referencia al "Plan MOVES".
○ Documentos justificativos del pago de la factura, con los siguientes requisitos:
§ Debe aparecer el destinatario de la ayuda, como único pagador.
§ Debe aparecer el fabricante o punto de venta.
§ La fecha del pago tiene que ser posterior a la fecha de la solicitud de la ayuda.
§ Debe aparecer el vehículo objeto de la subvención.
○ Certificación que acredite los datos bancarios para ingresar la subvención, siendo el titular el destinatario de la ayuda.
○ Baja del vehículo a achatarrar, con los siguientes requisitos:
§ Fotocopia del Ceritificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo.
§ Fotocopia de la Ficha Técnica, con fecha de ITV vigente.
§ Fotocopia del numerito, debidamente abonado, al menos desde 2018.

REQUISITOS PUNTO DE CARGA

– Ayuda del 40% del coste subvencionable.
– La instalación deberá realizarse con fecha posterior a la solicitud de esta ayuda.
– Subvencionan la instalación y el punto de carga, no el Contador Inteligente si decides instalar un contador adicional a tu vivienda.
– La Instalación debe cumplir los siguientes requisitos:
○ ITC-BT-52, protección IP e IK adecuada según Reglamento de Baja Tensión.
○ Modo 3 IEC 61.851-1 (con Wallbox).
○ Disponer de, al menos, conector Tipo 2 (Mennekes).
– Primero Solicitud con la siguiente documentación:
○ DNI
○ Si la ayuda no supera 3.000€, declaración o certificado de cumplimiento de estar al corriente de pagos a Seguridad Social o Hacienda.
○ Declaración de que no se dispone de otras ayudas para la misma actuación.
○ Memoria Descriptiva de las actuaciones a acometer que contenga al menos, descripción y alcance de la actuación, inversión, coste subvencionable y ayuda solicitada.
– Luego, si te la aceptan, realizar la inversión en un periodo no superior a 12 meses desde la aprobación de la solicitud.

– Justificar en el periodo indicado la inversión, con los siguientes requisitos:
○ Memoria técnica o proyecto de la instalación, según REBT.
○ Ubicación de los sistemas de recarga, referencia de estos en un plano.
○ Facturas detalladas, de manera que puedan identificarse los conceptos objetos de ayuda. Fecha de factura posterior a la solicitud de ayudas.
○ Documentos justificativos del pago de las facturas, con los siguientes requisitos:
§ Debe aparecer el beneficiario de la ayuda como único pagador.
§ Debe aparecer el tercero que nos ha realizado la instalación.
§ La fecha del pago debe ser posterior a la solicitud de la ayuda.
○ Copia de certificado de ejecución de obra civil, expedido por técnico competente.
○ Certificación que acredite los datos bancarios para ingresar la subvención, siendo el titular el destinatario de la ayuda."


...

Alquimico

Buenas:

Lo bueno que veo en todo esto es que ya no media el concesionario. Simplemente debe poner en la factura un descuento de al menos 1000e del Plan moves. Cosa está última no entiendo si no media el concesionario. Alguien me lo puede explicar?

Otra cosa positiva es que tienes un plazo de 12 meses desde la aprobación de la ayuda. Así que ya no hay que ir con tantas prisas y se puede hacer todo con antelación.


A2P

Cita de: Alquimico en Febrero 23, 2019, 11:39:54 AM
Buenas:

Lo bueno que veo en todo esto es que ya no media el concesionario. Simplemente debe poner en la factura un descuento de al menos 1000e del Plan moves. Cosa está última no entiendo si no media el concesionario. Alguien me lo puede explicar?

Otra cosa positiva es que tienes un plazo de 12 meses desde la aprobación de la ayuda. Así que ya no hay que ir con tantas prisas y se puede hacer todo con antelación.



Creo que la próxima semana el IDAE explicará mejor todo el proceso de la ayuda.

marhermi

Cita de: cocbit en Febrero 15, 2019, 08:28:15 PM
Cita de: ayasystems en Febrero 15, 2019, 06:37:28 PM
https://www.miteco.gob.es/es/prensa/ultimas-noticias/el-gobierno-aprueba-un-plan-de-ayudas-para-favorecer-la-movilidad-sostenible/tcm:30-487120

Ahí está!! Aprobado el plan

Y ahora como hacemos? Que documentacion hay que entregar y donde?

Se puede pedir sin haber comprado elel coche y formalizar solo si se aprueba?
Tienes que esperar a que salga la convocatoria en tu Comunidad Autónoma. Desde ese dia puedes solicitarla sin haber pagado nada antes y cuando te la concedan pagas el coche y lo matriculas, justificas el pago y te pagan los 5.500.

marhermi

¿No parece un poco raro que para montar un punto de carga en el garaje que solo hay que hacer un taladro bajo la sala de contadores exijan lo siguiente?:
"Copia del certificado de ejecución de obra civil, expedido por técnico competente con la preceptiva licencia o autorización administrativa que la actuación requiera."
Parece que hace falta un certificado que valdrá su pasta y además pedir licencia de obra al ayuntamiento. Pues por menos de 2000 € no sale instalar un punto de carga en casa.

ccastine

Cita de: marhermi en Febrero 24, 2019, 01:48:20 PM
¿No parece un poco raro que para montar un punto de carga en el garaje que solo hay que hacer un taladro bajo la sala de contadores exijan lo siguiente?:
"Copia del certificado de ejecución de obra civil, expedido por técnico competente con la preceptiva licencia o autorización administrativa que la actuación requiera."
Parece que hace falta un certificado que valdrá su pasta y además pedir licencia de obra al ayuntamiento. Pues por menos de 2000 € no sale instalar un punto de carga en casa.

El certificado tiene por finalidad que el instalador acredite que ha realizado la instalacion de un punto, si no ¿cómo lo justificaríamos de cara a la subvención? Siendo estrictamente correctos el instalador ya debe de elaborar y registrar el certificado de instalación eléctrica para recoger el circuito añadido, por lo que no parece que un "certifico haber instalado este punto según plan Moves 2019" deba de suponer mucho coste económico añadido.
Y la licencia de obra hay que pedirla siempre para cualquier trabajo, hasta para pintar dentro de nuestra casa. Como su precio se calcula según el presupuesto, lo normal es que salga la tasa mínima en torno a 30€.

Vamos, que parece mucho papelorio y gasto extra pero en realidad es lo de siempre.  :)

marhermi

Cita de: ccastine en Febrero 24, 2019, 07:14:12 PM
Cita de: marhermi en Febrero 24, 2019, 01:48:20 PM
¿No parece un poco raro que para montar un punto de carga en el garaje que solo hay que hacer un taladro bajo la sala de contadores exijan lo siguiente?:
"Copia del certificado de ejecución de obra civil, expedido por técnico competente con la preceptiva licencia o autorización administrativa que la actuación requiera."
Parece que hace falta un certificado que valdrá su pasta y además pedir licencia de obra al ayuntamiento. Pues por menos de 2000 € no sale instalar un punto de carga en casa.

El certificado tiene por finalidad que el instalador acredite que ha realizado la instalacion de un punto, si no ¿cómo lo justificaríamos de cara a la subvención? Siendo estrictamente correctos el instalador ya debe de elaborar y registrar el certificado de instalación eléctrica para recoger el circuito añadido, por lo que no parece que un "certifico haber instalado este punto según plan Moves 2019" deba de suponer mucho coste económico añadido.
Y la licencia de obra hay que pedirla siempre para cualquier trabajo, hasta para pintar dentro de nuestra casa. Como su precio se calcula según el presupuesto, lo normal es que salga la tasa mínima en torno a 30€.

Vamos, que parece mucho papelorio y gasto extra pero en realidad es lo de siempre.  :)
El instalador justifica con el CIE o boletín, pero no quiere saber nada de obra civil, porque no es técnico competente para ello. Lo de pedir permiso de obra lo veo bien, pero de los 6 instaladores con los que he hablado les ha echo mucha gracia.

WinterN

Cuando dice "...o autorización administrativa que la actuación requiera", yo entiendo que se refiere a que sólo hay que presentarla si se ha realizado una obra de tales características que requieran permiso de obra o lo que sea. En  la mayoría de los casos con el boletín debería ser suficiente.

marhermi

Cita de: WinterN en Febrero 25, 2019, 07:41:57 PM
Cuando dice "...o autorización administrativa que la actuación requiera", yo entiendo que se refiere a que sólo hay que presentarla si se ha realizado una obra de tales características que requieran permiso de obra o lo que sea. En  la mayoría de los casos con el boletín debería ser suficiente.
Eso pensaba yo, pero en la redacción parece entenderse que es necesario. Y al menos en mi ciudad (Valladolid), por hacer un taladro en las zonas comunes, requiere comunicación de obra menor (unos 60€).