IVTM (Impuesto de Rodaje, de circulación, numerito, etc)

Iniciado por Patronavi, Noviembre 11, 2016, 01:00:59 PM

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Patronavi

Hola! Hace poco que me he comprado un Kia Soul Ev, he ido a informarme en mi ayuntamiento sobre ventajas o bonificaciones en el impuesto de Rodaje. La chica me ha leído lo que yo ya sabía (para minusválidos y coches de más de 25 años), y en ningún momento ha nombrado "coche electrico", la he visto poco participativa y con pocas ganas de informarse sobre el tema. No quiero no llevarme la bonificación por desconocimiento del tema por parte del Ayuntamiento. Me podéis informar sobre esta cuestión? Hay algo que regule este tema sobre coches eléctricos? Es "a gusto" del Ayuntamiento la decisión de bonificación? Puede ser que en toda la ordenanza que me ha leído no se mencione el coche eléctrico? Me gustaría me informaras. Gracias! Un saludo!

R4v3NStark

Cita de: Patronavi en Noviembre 11, 2016, 01:00:59 PM
Hola! Hace poco que me he comprado un Kia Soul Ev, he ido a informarme en mi ayuntamiento sobre ventajas o bonificaciones en el impuesto de Rodaje. La chica me ha leído lo que yo ya sabía (para minusválidos y coches de más de 25 años), y en ningún momento ha nombrado "coche electrico", la he visto poco participativa y con pocas ganas de informarse sobre el tema. No quiero no llevarme la bonificación por desconocimiento del tema por parte del Ayuntamiento. Me podéis informar sobre esta cuestión? Hay algo que regule este tema sobre coches eléctricos? Es "a gusto" del Ayuntamiento la decisión de bonificación? Puede ser que en toda la ordenanza que me ha leído no se mencione el coche eléctrico? Me gustaría me informaras. Gracias! Un saludo!
Al ser una tasa exclusivamente municipal, habría que leer la normativa de tu Ayuntamiento al efecto... ¿de dónde estamos hablando?


Fer

Cita de: Patronavi en Noviembre 11, 2016, 01:00:59 PM
Es "a gusto" del Ayuntamiento la decisión de bonificación? Puede ser que en toda la ordenanza que me ha leído no se mencione el coche eléctrico?
Cada ayuntamiento decide si aplica o no y cuanto la exención de hasta el 75 % que permite los artículos 92 a 99 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

Ver: http://foroev.com/index.php?topic=4538.0

Patronavi

Cita de: Fer en Noviembre 11, 2016, 01:48:40 PM
Cita de: Patronavi en Noviembre 11, 2016, 01:00:59 PM
Es "a gusto" del Ayuntamiento la decisión de bonificación? Puede ser que en toda la ordenanza que me ha leído no se mencione el coche eléctrico?
Cada ayuntamiento decide si aplica o no y cuanto la exención de hasta el 75 % que permite los artículos 92 a 99 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

Ver: http://foroev.com/index.php?topic=4538.0
Estoy en un municipio cerca de Vigo, Salceda de Caselas.

R4v3NStark

Cita de: Patronavi en Noviembre 11, 2016, 09:02:56 PM
Cita de: Fer en Noviembre 11, 2016, 01:48:40 PM
Cita de: Patronavi en Noviembre 11, 2016, 01:00:59 PM
Es "a gusto" del Ayuntamiento la decisión de bonificación? Puede ser que en toda la ordenanza que me ha leído no se mencione el coche eléctrico?
Cada ayuntamiento decide si aplica o no y cuanto la exención de hasta el 75 % que permite los artículos 92 a 99 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

Ver: http://foroev.com/index.php?topic=4538.0
Estoy en un municipio cerca de Vigo, Salceda de Caselas.
Pues no está exento, aquí la normativa (artículo 4): http://salcedadecaselas.es/wp-content/uploads/2013/11/SKMBT_C25316091413360.pdf

Las exenciones son para vehículos PMR, vehículos agrícolas, públicos y de convenios internacionales. Y las reducciones son para vehículos ¿históricos? (de más de 25 años de antigüedad, vaya...).

Fer


Patronavi

Cita de: Fer en Noviembre 11, 2016, 11:59:39 PM
Cita de: R4v3NStark en Noviembre 11, 2016, 09:50:46 PM
Pues no está exento, aquí la normativa (artículo 4): http://salcedadecaselas.es/wp-content/uploads/2013/11/SKMBT_C25316091413360.pdf
No sabrán ni que existen los VE ¡Ah si, los Prius!  ;D ;D ;D
Si si! Eso me leyó la chica pero yo creo que no nombran Ev porque ni saben ue hay posibilidad... En fin. Muchísimas gracias!

Magoc

#7
En Vigo sí existe la bonificación del 75% de carácter indefinido.
https://sede.vigo.org/expedientes/tramites/tramite.jsp?id_tramite=510&lang=es
Pero en pequeñas poblaciones, como es tu caso, por norma general, ni saben, ni quieren, ni les preocupan estos temas.

aleska2004

#8
Patronavi, yo como tú estamos atados, x estos burros de políticos de Galicia, si hay + gente de Galicia q se manifieste, la fuerza hace el poder. A mi me pasa lo mismo en Nigrán, y eso q poseo el coche q tenía el alcalde de Vigo Abel Caballero, pero nada,  a 1 solo no le hacen ni caso, de los impuestos q pagamos, les pagamos sus sueldos

ccastine

Cita de: aleska2004 en Noviembre 20, 2016, 10:45:09 AM
Patronavi, yo como tú estamos atados, x estos burros de políticos de Galicia, si hay + gente de Galicia q se manifieste, la fuerza hace el poder. A mi me pasa lo mismo en Nigrán, y eso q poseo el coche q tenía el alcalde de Vigo Abel Caballero, pero nada,  a 1 solo no le hacen ni caso, de los impuestos q pagamos, les pagamos sus sueldos

Hay que entender que cada municipio tiene sus propios problemas y se adapta a ellos. En cualquier ciudad ya es normal la bonificación a los EVs, pues es una forma de reconocer los problemas de contaminación ambiental y acústica causados por los térmicos. Pero en municipios de reducida población se puede entender que no sufran de estos problemas y por tanto no se haya acordado para nada de los eléctricos.

A lo que creo que tenemos que aspirar desde la AUVE es a un sistema de cálculo de la potencia fiscal racional para los eléctricos. Yo no pido que en mi municipio me bonifiquen nada si no quieren, pero lo que no entra en cabeza es que sin dicha bonificación pague más de impuesto que un térmico.

Las bonificaciones son para quien tiene derecho a ellas o las conoce, la fiscalidad sin embargo es para todos.

ccastine

#10
Para quienes teneis que pagar el impuesto de circulación por primera vez al matricular vuestro EV, sobre la cuestión de que el primer año se suele pagar sin bonificación, de haberla, pues no suele estar prevista su aplicación previa sino posterior a la matriculación, os traslado lo que dice la ordenanza fiscal de mi ciudad:

CitarEsta bonificación producirá efectos a partir del ejercicio siguiente al de su petición, excepto en los supuestos de declaración de alta, en cuyo caso surtirá efectos en el propio ejercicio, siempre que por su titular se solicite y se acredite el derecho a la misma en la forma prevista en este artículo, en la plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la matriculación o autorización para circular.

Es decir:

- ¿Puedo pedir la bonificación a la vez que matriculo?
No, tiene que ser después.

- ¿Tengo entonces que pagar íntegramente el primer año?
Si se pide la bonificación en los 30 días posteriores a la matriculación tiene carácter retroactivo y devuelven el exceso.
Si se pide la bonificación más tarde, entra en vigor para el ejercicio siguiente.

Lo he comprobado en la práctica pues me han devuelto la parte no bonificada pagada cuando se hizo el alta.


Akenaton

Cita de: ccastine en Julio 24, 2018, 10:20:23 AM
Para quienes teneis que pagar el impuesto de circulación por primera vez al matricular vuestro EV, sobre la cuestión de que el primer año se suele pagar sin bonificación, de haberla, pues no suele estar prevista su aplicación previa sino posterior a la matriculación, os traslado lo que dice la ordenanza fiscal de mi ciudad:

CitarEsta bonificación producirá efectos a partir del ejercicio siguiente al de su petición, excepto en los supuestos de declaración de alta, en cuyo caso surtirá efectos en el propio ejercicio, siempre que por su titular se solicite y se acredite el derecho a la misma en la forma prevista en este artículo, en la plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la matriculación o autorización para circular.

Es decir:

- ¿Puedo pedir la bonificación a la vez que matriculo?
No, tiene que ser después.

- ¿Tengo entonces que pagar íntegramente el primer año?
Si se pide la bonificación en los 30 días posteriores a la matriculación tiene carácter retroactivo y devuelven el exceso.
Si se pide la bonificación más tarde, entra en vigor para el ejercicio siguiente.

Lo he comprobado en la práctica pues me han devuelto la parte no bonificada pagada cuando se hizo el alta.

Eso es así en todos los aytos. es que a mi me pagó el numero el concesionario y creo recordar que eran solo 43€ o algo así y yo pensaba que ya iba con el descuento, aunque en los apartados de DTO pone 0.00% por eso estoy un poco mosca, es posible que tenga posteriormente una reducción del 75% sobre esos 43€ para el año que viene???
Donde hay voluntad hay camino...

ccastine

Cita de: Akenaton en Julio 24, 2018, 12:18:05 PM
Eso es así en todos los aytos. es que a mi me pagó el numero el concesionario y creo recordar que eran solo 43€ o algo así y yo pensaba que ya iba con el descuento, aunque en los apartados de DTO pone 0.00% por eso estoy un poco mosca, es posible que tenga posteriormente una reducción del 75% sobre esos 43€ para el año que viene???

Si te lo tramitaron en el concesionario lo normal es que no te hayan solicitado la bonificación. Recuerda que el alta se prorratea por trimestres, por lo que según cuando matricularas esos 43€ no son por el año entero. Mira en la ficha los caballos fiscales y vete a la tabla de tu ayuntamiento para salir de dudas.

Akenaton

Cita de: ccastine en Julio 24, 2018, 12:41:13 PM
Cita de: Akenaton en Julio 24, 2018, 12:18:05 PM
Eso es así en todos los aytos. es que a mi me pagó el numero el concesionario y creo recordar que eran solo 43€ o algo así y yo pensaba que ya iba con el descuento, aunque en los apartados de DTO pone 0.00% por eso estoy un poco mosca, es posible que tenga posteriormente una reducción del 75% sobre esos 43€ para el año que viene???

Si te lo tramitaron en el concesionario lo normal es que no te hayan solicitado la bonificación. Recuerda que el alta se prorratea por trimestres, por lo que según cuando matricularas esos 43€ no son por el año entero. Mira en la ficha los caballos fiscales y vete a la tabla de tu ayuntamiento para salir de dudas.

El mio le matricularon en enero.

Acabo de mirar la ordenanza y no son 43€, sino 23,38€ lo que se pagó de impuesto, me han bailado las cifras, pero es que sobre eso dice que los 0 emisiones tenemos un 75% de descuento, es decir que yo el año que viene (previo registro en el ayto.) pagaré nada mas que 5,85€!!!!!!!!!!  :o :o :o :o :o

Así que, si, llevabas razón, no me habían aplicado el descuento. Madre mía que diferencia, antes con mi viejo BMW pagaba 133,30€....  ::)
Donde hay voluntad hay camino...