Instalación en puesto de trabajo

Iniciado por mmezo, Septiembre 08, 2015, 12:56:02 PM

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mmezo

Quería hacer una consulta a los entendidos en el legislación/reglamentación sobre los puntos de carga.

Recientemente he pedido permiso en mi trabajo para poder recargar el coche allí. Mi intención es utilizar alguno de los schukos que tenemos en el garaje, poniendo un contador antes del mismo para poder medir la electricidad que gasto, abonarla y evitar susceptibilidades. Como paso allí la jornada laboral entera y apenas tengo 25km entre ida y vuelta para ir y volver al trabajo me daría de sobra.

De todas formas, quería escribirles un pequeño informe sobre los modos de carga, etc, por si en un futuro se animaran a poner un punto legal algo más rápido. Había pensado en proponerles financiarlo yo incluso, porque me podría venir bien para cargar más rápido en un apuro o si paso alguna temporada en casa de mis suegros por ejemplo que viven a unos 40km de Madrid, por lo que ya el trayecto de ida y vuelta podría ser de 80km.

Es en esto en lo que necesito algo más de información. El puesto de trabajo está en una facultad de universidad. Quería saber si de acuerdo a la legislación actual se puede derivar la toma para vehículos eléctricos de la instalación actual, como en las viviendas y garajes particulares, o si al ser una instalación industrial/de servicios no puede hacerse y es necesario pedir un punto de conexión y contrato nuevos. En ese caso lo descartaría totalmente.

Tenemos un par de laboratorios con bastante tomas CEE de 32 y 16A mono y trifásicas, pero lamentablemente me quedan bastante lejos de donde puedo llegar con el coche. :-)

Gracias por leerme y por lo que podáis aportar.

duir

Con la legislación actual no te pueden facturar la energía ya que solo pude hacerlo un gestor de carga autorizado. Y si le preguntas a los de IBIL no te la pueden ni regalar XD.

En la practica no pueden cobrártela, pero dudo que nadie te acuse de nada si te "dejan" cargar en el trabajo. Yo cargo casi cada día en el trabajo por gentileza de la empresa. Así que vas a depender mucho del compromiso de tu empresa con la movilidad sostenible.


mmezo

Gracias duir,

el tema del cobro más o menos me lo imaginaba, pero aún así prefiero pagarlo, bien en efectivo o quizá "en carnes" :-D (con alguna horilla extra o así), principalmente para evitar susceptibilidades, como ha pasado con el compañero del Instituto Astrofísico de Canarias (creo que era así).

Mi pregunta era más bien por la parte técnica; si es legal poner un punto de carga de VE que cumpla todos los requisitos técnicos desde la misma instalación/contador que el resto del edificio o si hay que pedir un nuevo contrato para él.

ccastine

Repasa la ITC-BT 52, ahí están recogidas las distintas opciones con esquemas que podrás emplear a modo de mini-proyecto.

chico

Se podrá colgar de la infraestructura eléctrica de la empresa sin tener que dar de alta un nuevo suministro.

No creo que los centros comerciales y demás instituciones con puntos de carga tengan un contador dedicados  para ellos.


Greybeard

Si la empresa tiene un punto CEE32, y allí de vez en cuando enchufas tú un cargador ocasional, estando consentido y sin haber retribución económica, no sé por dónde podrían buscar problemas...

mmezo

Cita de: ccastine en Septiembre 08, 2015, 08:58:29 PM
Repasa la ITC-BT 52, ahí están recogidas las distintas opciones con esquemas que podrás emplear a modo de mini-proyecto.

Muchas Gracias. Pensaba que ese reglamento era aplicable solo a viviendas e instalaciones "pequeñas", si es aplicable a una edificio entero con supongo que unas cuantas decenas de kW contratados, entonces creo que más o menos ya sé las opciones, aunque las repasaré de todas formas.

mmezo

Cita de: Greybeard en Septiembre 08, 2015, 09:46:32 PM
Si la empresa tiene un punto CEE32, y allí de vez en cuando enchufas tú un cargador ocasional, estando consentido y sin haber retribución económica, no sé por dónde podrían buscar problemas...

Sí, pero todos los CEE32 que hay están bastante lejos de donde puedo llegar con el coche.

Mi opción son unos schukos que hay en el garaje subterraneo o sacar una línea para un punto "de verdad" desde los contadores hacia un parquing exterior, que está a unos pocos metros.

Greybeard

Cita de: mmezo en Septiembre 08, 2015, 10:33:20 PM
Cita de: Greybeard en Septiembre 08, 2015, 09:46:32 PM
Si la empresa tiene un punto CEE32, y allí de vez en cuando enchufas tú un cargador ocasional, estando consentido y sin haber retribución económica, no sé por dónde podrían buscar problemas...

Sí, pero todos los CEE32 que hay están bastante lejos de donde puedo llegar con el coche.

Mi opción son unos schukos que hay en el garaje subterraneo o sacar una línea para un punto "de verdad" desde los contadores hacia un parquing exterior, que está a unos pocos metros.

A lo que me refería es que podrían (podrías pagarlo tú) poner un CEE32 en el parking para "usos diversos"...

ccastine

Cita de: mmezo en Septiembre 08, 2015, 10:30:01 PM
Cita de: ccastine en Septiembre 08, 2015, 08:58:29 PM
Repasa la ITC-BT 52, ahí están recogidas las distintas opciones con esquemas que podrás emplear a modo de mini-proyecto.

Muchas Gracias. Pensaba que ese reglamento era aplicable solo a viviendas e instalaciones "pequeñas", si es aplicable a una edificio entero con supongo que unas cuantas decenas de kW contratados, entonces creo que más o menos ya sé las opciones, aunque las repasaré de todas formas.

También recoge las condiciones para aparcamientos públicos.