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Mensajes - jcarreror

#1
Cita de: Oteador en Febrero 22, 2020, 12:08:17 PM
Un nuevo paso... el Ministerio de Industria ante mi solicitud de que actuara de oficio en aras de "corregir" la ficha reducida me responde:

"En contestación a su consulta le indicamos que la homologación de tipo del vehículo Ampera, tipo D1JOI y contraseña de homologación e13*2007/46*1159*02 es anterior al 01.01.2015, fecha de obligatoriedad del Reglamento (UE) Nº 136/2014, por el que se modifican la Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, el Reglamento (CE) Nº 692/2008 de la Comisión en lo que respecta a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 5 y Euro 6) y el Reglamento (UE) Nº 582/2011 de la Comisión en lo que respecta a las emisiones de los vehículos pesados (Euro VI). Dicho Reglamento introduce la obligatoriedad de declarar para los motores eléctricos las Potencias máxima por hora, Potencia neta máxima y Potencia máxima durante treinta minutos (según lo dispuesto en el apartado 5.3.2 del Reglamento Nº 85 de la CEPE); anteriormente solo se declaraba la potencia neta máxima.

Desde la entrada en vigor del citado Reglamento, los fabricantes empiezan a calcular la potencia fiscal del motor eléctrico sobre la potencia máxima durante 30 min.

Por lo expuesto anteriormente le indicamos que la ficha reducida de los vehículos con contraseña e13*2007/46*1159*02, transcribe los valores que figuran en la homologación de tipo y en los COC de los vehículos homologados según dicha contraseña."

Por lo que se confirma que en la Homologación del Ampera no existe el dato de "potencia máxima en 30 minutos". Por lo que se ha eliminado uno de los caminos que planteaba. Ahora trataré de tener una respuesta clara en ese aspecto antes los otros dos caminos que veo:

- en el año de homologación se consideraba a la PE (potencia efectiva) como el de la "potencia máxima por hora" que era la que se aportaba para el motor eléctrico

- dado que "no existe" el dato de "potencia máxima en 30 minutos" (aunque en la última ficha reducida del Chevrolet Volt registrada en el Ministerio de Industria, de fecha 23/06/2014, consta que la potencia para 30 minutos es de 40 kw) y por ello no se puede calcular la potencia fiscal, tal y como indica el Ministerios, entonces hay que calcularla en base al motor de combustión, como se ha realizado para el Volt.... o simplemente no se puede calcular

Buenas tardes, ¿sabemos algo nuevo sobre esto?