Acceso libre a las APR de Madrid a los turismos eléctricos

Iniciado por GonzaloGM, Julio 20, 2015, 11:23:44 AM

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Fer

#15
Pues las señales no están nada claras, y en todo caso es un desproposito limitar el horario a los VE que ni contaminan ni hacen ruido. Al menos hasta las 22 como las mots sería lógico.

En todo caso están en el epígrafe:
K. AUTORIZACIONES DE ACCESO DE LOS TITULARES DE VEHÍCULOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES PARA OPERACIONES DE CARGA Y DESCARGA EN LAS APR.

No dice nada de particulares
Y es del anterior concejal, de enero de 2015.

bf109

No veo por que limitar en horario a los eléctricos, no creo que se este pasando todos los días a todas horas pero si alguien tiene que ir por lo que sea que no tenga problemas de entrar.

En mi caso soy una moto o un vehículo, eso no lo tengo muy claro, algún pequeñín vi con un papel que ponía que era una moto indicando el articulo donde lo indica.

Creo que se tendría que hacer una reunión y a poder ser hablar de mas puntos como el de las zonas de recarga ( un precio mas bajo y tarjeta única como quieren hacen los ingleses..), etc...


Auriga

#17
He leído el decreto del Ayto. de Madrid y, según mi interpretación, la restricción de 8 a 18 en días laborables se refiere a la carga y descarga efectuada con vehículos (furgonetas) eléctricos (Criterio de Acceso 'K', páginas 5 y 6). Entiendo que para los turismos eléctricos la posibilidad de acceso al área es idéntica a la que tienen los coches térmicos de los residentes (artículo 2.g, página 1). Esto es, 24 horas al día/365 días al año. 

rgx321

Yo también entiendo que lo que pone debajo de "carga y descarga" es para industriales, que bonifica a las flotas de reparto menos contaminantes con mayor horario.

No termino de entender el horario peatonal.  :-\

Fer

#19
Tras leerlo está más que claro:

"Articulo 2.g) Los vehículos que no sean de combustión interna (eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas), los vehículos híbridos enchufables y los vehículos eléctricos de rango extendido, siempre que, previa solicitud, hayan obtenido la correspondiente autorización de estacionamiento del SER otorgada por el Ayuntamiento de Madrid.

Los vehículos de estas características que realicen operaciones de carga y descarga tendrán que solicitar autorización para acceder y únicamente podrán hacerlo en el horario que se establece para este supuesto en el apartado K) del Anexo a este Decreto."

Está claro. No hay limitación. Acceso 24x365. Quien no lo tiene nada claro es el agente de movilidad que me lió (y me cabreó) diciendome que solo podía entrar de 8 a 18. Deberían estar mas formados, es su trabajo...

GonzaloGM

Buenas a todos. Lo que dice @Fer parece lo lógico. Los eléctricos que no son de carga y descarga tiene que tener acceso 24 horas. Sino ¿qué gracia tendría esto?

Los vehículos eléctricos de carga y descarga tienen acceso durante más tiempo. De eso se trata de fomentar este tipo de vehículos.

De todas formas el cartel es confuso.

Fer

#21
Si Gonzalo, el cartel es confuso (estaba mas claro el de antes) y el Agente de Movilidad aún lo es mas... :(. Y encima ahora es mas pequeño y sin el recuadro fosforito, eso lo admitió el propio agente, que casi no se ven y la gente se cuela.