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Movilidad eléctrica => Noticias y asuntos generales => Mensaje iniciado por: GonzaloGM en Julio 27, 2015, 08:18:37 AM

Título: ¿Qué es un gestor de cargas?
Publicado por: GonzaloGM en Julio 27, 2015, 08:18:37 AM
El Real Decreto 647/2011, de 9 de mayo, es el que regula la actividad de gestor de cargas del sistema para la realización de servicios de recarga energética. Pero ¿qué significa ser gestor de carga? Lo aclaramos.

http://www.movilidadelectrica.com/index.php/legislacion/1824-que-es-gestor-de-cargas (http://www.movilidadelectrica.com/index.php/legislacion/1824-que-es-gestor-de-cargas)

(http://www.movilidadelectrica.com/images/legislacion/2015/Julio/que%20es%20un%20gestor%20de%20cargas%20-%20700.jpg)
Título: ¿Qué es un gestor de cargas?
Publicado por: Fer en Mayo 27, 2016, 05:30:54 AM
Interesante artículo sobre los gestores de carga de @danielperezr87:

"Mientras Europa carga, España impone cargas"

La reforma de esta figura es indispensable
http://electromovilidad.net/mientras-europa-carga-espana-impone-cargas

Daniel Pérez es abogado en  Holtrop Law and Renewable Energies y socio de @SomEnergia y @SomConexio
Título: ¿Qué es un gestor de cargas?
Publicado por: DGM73 en Mayo 27, 2016, 10:43:27 AM
Veo un análisis que en general es correcto pero que en algunos puntos es incorrecto y algo partidista (entiendo que por el sector de dónde viene). Ceder o vender son conceptos económicos asociados a una transacción con carácter siempre pecuniario. Si no existe transacción de este estilo ni intención comercializadora, no es posible imponer reglamentos de comercialización. Otra cosa es condiciones de seguridad.
Título: Re:¿Qué es un gestor de cargas?
Publicado por: xester en Mayo 27, 2016, 07:18:12 PM
Cita de: DGM73 en Mayo 27, 2016, 10:43:27 AM
Veo un análisis que en general es correcto pero que en algunos puntos es incorrecto y algo partidista (entiendo que por el sector de dónde viene). Ceder o vender son conceptos económicos asociados a una transacción con carácter siempre pecuniario. Si no existe transacción de este estilo ni intención comercializadora, no es posible imponer reglamentos de comercialización. Otra cosa es condiciones de seguridad.

Estoy de acuerdo contigo DGM73. Este debate ha aparecido ya en varios posts y algunos artículos se contradicen. Reconozco que no me he leído la ley referente al gestor de recarga, si alguien lo ha hecho podría despejar las dudas? Por ejemplo con los cargadores de una superficie comercial, podemos asumir que está cediendo electricidad sin carácter pecuniario si su intención es que gastes dinero en su negocio? Yo respondería que sí ya que cualquiera puede recargar en el punto sin comprar...

Quizás por lo que le queda de vida a esta figura tampoco vale la pena perder mucho tiempo en ello...