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Mensajes - AngelCMN

#1
Hola. Refloto este hilo, puesto quela info contenida en el es relevante.
Me estoy planificando actuar por mi zona instando a la instalación de puntos de recarga y vigilando que se cumple la normativa en las nuevas construcciones.
Estoy leyendo el R.D. 1053/2014 y no encuentro donde obligue a la instalación de puntos de recarga. Solo identifico la obligación de que se realice la infraestructura necesaria para su instalación. No la instalación en si.

Es decir, que en un parking, según entiendo en la normativa, hay que preparar las canalizaciones para garantizar que se pueda realizar la instalación, pero no necesariamente la instalación en si.

O se me ha escapado el párrafo que obliga a la instalación....
En mi localidad está de moda que si una vivienda se demuele, el ayuntamiento usa el solar como parking municipal. Estaría bien poder "animar" al ayuntamiento a que si habilita el parking, tendría que instalar dicho punto de recarga. Pero hace falta el párrafo en la norma que lo obligue, y que no sea "interpretable".