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Mensajes - alvaroav

#136
Cita de: DlasEV en Febrero 24, 2018, 11:40:41 PM
Cita de: ccastine en Febrero 24, 2018, 09:32:34 PM
Lo segundo no lo desmiento, pero lo primero si: esquema 4a de la ITC-BT-52, y articulo 3.2.

En Asturias la Consejería de Industria lo entiende al pie de la letra y sólo lo permite para viviendas unifamiliares. A un compañero le hicieron cambiar la instalación que tenía hecha según el esquema 4a.

Esto lo deja muy claro la guia:

Este esquema 4a también se puede utilizar en instalaciones para la recarga de vehículos eléctricos en edificios o conjuntos inmobiliarios en régimen de propiedad horizontal según lo establecido en el apartado 3.2 de esta ITC-BT-52, siempre que la infraestructura común del edificio esté preparada para albergar este tipo de instalación. Su uso generalizado en garajes en régimen de propiedad horizontal supondría grandes caídas de tensión y la necesidad de disponer de patinillos para las derivaciones individuales de grandes dimensiones, de forma que se recomienda su utilización solo en los siguientes casos:
 Viviendas unifamiliares
 Fincas de cualquier tipo con un único suministro


Para edificios ya construidos antes de esta normativa, en general Industria va a poner muchas reticencias a su aprobación. Habría que tener patinillos libres por lo que poder llevar los cables.
A mi me recomendaron que hiciese el esquama 2 para evitar problemas, además de ser más eficiente (en general al estar el CC a nivel de planta baja) a nivel de perdidas de energía y costes de instalación. Pero NO es imposible.
#137
Cita de: cantabron en Febrero 24, 2018, 08:38:34 PM
Cita de: alvaroav en Febrero 24, 2018, 07:26:20 PM
Hola Sagan,

Pues eso de bajar la acometida desde la vivienda, no lo tengo tan claro.
En el BT-52, esquema 2, indica bien claro que la derivación parte de los bornes del contador, NO del cuadro de la vivienda.
Por otra parte, en la guía de la ITC-BT52, pone también tres posibles ejemplos de aplicación de la indicación:
La función de control de potencia contratada por el cliente será realizada por el contador principal, sin necesidad de instalar un ICP independiente. En caso de actuación de la función de control de potencia, su rearme se realizará directamente desde la vivienda
En los cuales el rearme, NO es llevando la derivación desde la vivienda, sino o bien llevando un cable para un contactor de rearme, o bien por un sistema de rearme automático, que es lo que he planteado con un contactor temporizado a la conexión.

En Industria me dijeron que NO se podía bajar desde la vivienda, y menos por el patinillo de instalaciones de derivaciones individuales.
Con respecto a lo que dices que te ha dicho un instalador, yo visto lo visto no me fio de ninguno, salvo que tenga ya experiencia demostrada en estaciones de carga de EV. Los que no han hecho ninguna, o 2-3, andan muy perdidos me temo. Pero hablo desde mi experiencia, siempre hay muy buenos profesionales que pueden concoer todos los detalles perfectamente.

Espero haberte acalarado algo y no liado.
Un saludo

Estoy de acuerdo, en el esquema 2 no hace falta pasar por tu casa.

Pero no entiendo muy bien lo que dices del rearme. En la guía de aplicación de la BT52 se dice, efectivamente, que el rearme debe hacerse desde la vivienda. Pero entiendo que se refiere al rearme del contador cuando éste ha cortado por control de potencia. Para que esto ocurra tienes que tener la posibilidad , desde tu vivienda, de dejar abierto TODOS los circuitos alimentados desde el contador (esquemas A1-A2) Si pones una derivación individual para el VE (incluso aunque esté correctamente instalada desde bornes del centralizado) tienes que disponer de un dispositivo en tu vivienda que te permita abrir los circuitos de casa y del VE
En el esquema A3 creo entender que el contactor estará normalmente abierto y solo se cerrará para cargar el VE. Me surge la duda de qué ocurre si tienes el coche cargando y se dispara el ICP del contador por los consumos de VE+vivienda: Podrias abrir el circuito de la vivienda, pero el contador seguiría viendo un circuito cerrado y no se rearmaría, no?

El ejemplo de la figura A3, es un dispositivo de rearme automatico, como por ejemplo, un contactor NA = "Normalmente Abierto" con temporización a la conexión.
Como funciona.
Salta la protección del contador por exceso de consumo. Nos quedamos sin "luz" en todos los circuitos, pero el contador no se rearma hasta que desenchufamos todo. El contactor del punto de recarga, al ser NA, al irse la luz ya ha desconectado el punto de recarga. Solo nos queda bajar el ICP de la vivienda unos segundos. El contador comprueba que no hay cargas y volvemos a tener energía... al cabo de unos segundos podemos levantar el ICP de casa, y de forma automática al llegar energía al contactor del garaje, pasados unos segundos (temporizado a la conexión), se rearma el punto de recarga.

Espero haberme sabido explicar.

Un saludo
A.

#138
Cita de: cantabron en Febrero 24, 2018, 08:27:49 PM
Cita de: alvaroav en Febrero 24, 2018, 03:42:32 PM
Hola Cantabron

1) Correcto, esa misma opción que planteas lo que marca el BT-52, que del cuadro de contadores (Esquema 2), sacar una derivación actual hacia el punto de recarga del PHEV en el garaje.
De esta manera, el cable estará dimensionado correctamente, sin tener que depender del cable actual de los circuitos de la vivienda.
2) No, me vale la que tengo.

Buenas,

Te lo comento porque no es lo mismo del contador que de bornes de salida de la Centralizacion de Contadores, que es lo que dice el esquema 2. El matiz es importante porque, de entrada, si lo haces desde el contador estarías interviniendo en un equipo (el contador de medida) que, si bien está dentro de una instalación particular de cliente, es (casi seguro) propiedad de la distribuidora. Si lo sacas desde los bornes de salida la distribuidora no deberias tener problemas.

Hola de nuevo,

Aquí si que desconozco la realidad de los detalles. Tengo entendido que los bornes de salida están dentro de la misma "envolvente" que la "unidad funcional de medida", es decir, el contador, y que si se abre esa envolvente (lo que antiguamente era romper la plomada del ICP), salta un aviso a la distribuidora.
Por eso creo que esta el problema, pero no se si alguien lo sabe con certeza.

Gracias
#139
Hola Sagan,

Pues eso de bajar la acometida desde la vivienda, no lo tengo tan claro.
En el BT-52, esquema 2, indica bien claro que la derivación parte de los bornes del contador, NO del cuadro de la vivienda.
Por otra parte, en la guía de la ITC-BT52, pone también tres posibles ejemplos de aplicación de la indicación:
La función de control de potencia contratada por el cliente será realizada por el contador principal, sin necesidad de instalar un ICP independiente. En caso de actuación de la función de control de potencia, su rearme se realizará directamente desde la vivienda
En los cuales el rearme, NO es llevando la derivación desde la vivienda, sino o bien llevando un cable para un contactor de rearme, o bien por un sistema de rearme automático, que es lo que he planteado con un contactor temporizado a la conexión.

En Industria me dijeron que NO se podía bajar desde la vivienda, y menos por el patinillo de instalaciones de derivaciones individuales.
Con respecto a lo que dices que te ha dicho un instalador, yo visto lo visto no me fio de ninguno, salvo que tenga ya experiencia demostrada en estaciones de carga de EV. Los que no han hecho ninguna, o 2-3, andan muy perdidos me temo. Pero hablo desde mi experiencia, siempre hay muy buenos profesionales que pueden concoer todos los detalles perfectamente.

Espero haberte acalarado algo y no liado.
Un saludo
#140
Hola Cantabron

1) Correcto, esa misma opción que planteas lo que marca el BT-52, que del cuadro de contadores (Esquema 2), sacar una derivación actual hacia el punto de recarga del PHEV en el garaje.
De esta manera, el cable estará dimensionado correctamente, sin tener que depender del cable actual de los circuitos de la vivienda.
2) No, me vale la que tengo.
#141
Gracias por las respuestas.

Por desgracia el tema de cambio de compañía no es posible. Viesgo es la distribuidora, es decir, la que tiene la infraestructura, es más yo tengo contratada como comercializadora a EDP, y a ellos les he llamado y me han dicho que por supuesto ningún problema, y que si tengo que ampliar potencia, si el boletín esta al día, encantados de ello (normal, cobrarían más).

Según me han dicho en Industria, no es posible cambiar de distribuidora, pero la distribuidora tiene que cumplir la ley.

A ver si algún cantabro con toma de carga me puede contar su experiencia.

Muchas gracias!
#142
Buenas a todos,

Soy nuevo en el foro, y tras leer toda la normativa de ITC BT-52 y BT-04, y consultar con un par de instaladores en Santander, ambos me han dicho que Viesgo no permite la conexión de la nueva derivación al contador existente de la vivienda, sino que hay que dar de alta un nuevo CUPS y contador nuevo (con su consiguiente contrato nuevo).
A mi me parece increíble, he consultado a Viesgo hace 2 días pero todavía sin respuesta, y en Industria si que me han dicho que la ley es clara, y si bien Viesgo si tiene que dar autorización previa a la conexión (no se como lo llamo, sin informe favorable o notificación o similar...), no puede exigir nuevo contador. Más aún si la instalación es con la nueva normativa de 2002, en ningún caso debería haber problemas para hacer la derivación desde el contador actual. Mi casa es de hace 10 años, así que debería ser así.
Pero me tiene mosca la respuesta de los 2 instaladores, además reconocen que la ley lo dice bien claro, pero que si Viesgo exige nuevo contador, Viesgo puede poner exigencias adicionales..
La verdad es que me tiene muy despistado. Algún usuario de Viesgo distribuidora por el foro que pueda ayudarme?

Muchas gracias!