Citar¿CUÁL ES EL PERIODO DE REALIZACIÓN DE LA INVERSIÓN SUBVENCIONABLE?
El periodo de ejecución en que las actuaciones se consideran como subvencionables será el comprendido entre el 16 de Julio de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019.
Se entenderá por actuaciones subvencionables aquellas cuya factura, ficha técnica del vehículo, permiso de circulación del vehículo, impuesto vehículos de tracción mecánica y justificante bancario estén incluidas en el periodo indicado.
Tanto la factura como los justificantes de pago realizados (fecha valor) deberán tener fechas posteriores a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
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¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES?
10.Una vez, recibida la resolución de la concesión de la ayuda, los concesionarios/puntos de venta deberán introducir en el plazo máximo de doce meses contados desde la fecha de la notificación de la resolución de concesión los registros que no figuraban previamente en la activación de la reserva del presupuesto de la solicitud de ayuda (matrícula del vehículo adquirido, fecha de matriculación y fecha de facturación), así como justificar la realización de la inversión requerida para llevar a cabo la actuación objeto de ayuda, a través de la presentación a la Fundación de la Energía, mediante tramitación telemática a través de la página web descrita anteriormente, de la documentación establecida.
¿tienes doce meses para justificar la inversión pero tienes que aportar factura, ficha técnica del vehículo, permiso de circulación del vehículo, impuesto vehículos de tracción mecánica y justificante bancario antes del 31/12/2019?
https://movesmadrid.com/vehiculos/informacion-general