Buena guía pero, según creo, con algunas incorrecciones que paso a enumerar:
1º.- La necesidad de realizar proyecto está liga directamente con la potencia del punto de recarga. En cualquier caso SIEMPRE es obligatorio realizar el Certificado Eléctrico de Instalación (antiguo Boletín). Es más, se realiza como NUEVO aunque "cuelgue" del contador de la vivienda y las tasas (en las comunidades autónomas que tienen) son las de NO VIVIENDA. Evidentemente la instalación la ejecutará un Instalador Autorizado (o Empresa Instaladora).
2º.- No existe ninguna Norma para este tipo de instalaciones (ni para cualquier otra) que especifique que las canalizaciones (tubos) tengan que ser Libre de halógenos. Lo que si tienen que ser SIEMPRE son No propagadores de la llama (excepto enterrados).
3º.- Como ya he indicado anteriormente, la instalación tiene que realizarla, sí o sí, un Instalador Autorizado (o Empresa Instaladora) como recoge cláramente el acual Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión en la ITC-BT03, apartado 6. Todo lo demás será incumplir la Ley actual.
Además, yo enumeraría en esta guía, las protecciones mínimas obligatorias a instalar (que se vé cada cosa por ahí ...) aunque estén indicadas en la ITC-BT52.
1º.- La necesidad de realizar proyecto está liga directamente con la potencia del punto de recarga. En cualquier caso SIEMPRE es obligatorio realizar el Certificado Eléctrico de Instalación (antiguo Boletín). Es más, se realiza como NUEVO aunque "cuelgue" del contador de la vivienda y las tasas (en las comunidades autónomas que tienen) son las de NO VIVIENDA. Evidentemente la instalación la ejecutará un Instalador Autorizado (o Empresa Instaladora).
2º.- No existe ninguna Norma para este tipo de instalaciones (ni para cualquier otra) que especifique que las canalizaciones (tubos) tengan que ser Libre de halógenos. Lo que si tienen que ser SIEMPRE son No propagadores de la llama (excepto enterrados).
3º.- Como ya he indicado anteriormente, la instalación tiene que realizarla, sí o sí, un Instalador Autorizado (o Empresa Instaladora) como recoge cláramente el acual Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión en la ITC-BT03, apartado 6. Todo lo demás será incumplir la Ley actual.
Además, yo enumeraría en esta guía, las protecciones mínimas obligatorias a instalar (que se vé cada cosa por ahí ...) aunque estén indicadas en la ITC-BT52.