Cita de: DlasEV en Febrero 24, 2018, 11:40:41 PMCita de: ccastine en Febrero 24, 2018, 09:32:34 PM
Lo segundo no lo desmiento, pero lo primero si: esquema 4a de la ITC-BT-52, y articulo 3.2.
En Asturias la Consejería de Industria lo entiende al pie de la letra y sólo lo permite para viviendas unifamiliares. A un compañero le hicieron cambiar la instalación que tenía hecha según el esquema 4a.
Esto lo deja muy claro la guia:
Este esquema 4a también se puede utilizar en instalaciones para la recarga de vehículos eléctricos en edificios o conjuntos inmobiliarios en régimen de propiedad horizontal según lo establecido en el apartado 3.2 de esta ITC-BT-52, siempre que la infraestructura común del edificio esté preparada para albergar este tipo de instalación. Su uso generalizado en garajes en régimen de propiedad horizontal supondría grandes caídas de tensión y la necesidad de disponer de patinillos para las derivaciones individuales de grandes dimensiones, de forma que se recomienda su utilización solo en los siguientes casos:
Viviendas unifamiliares
Fincas de cualquier tipo con un único suministro
Para edificios ya construidos antes de esta normativa, en general Industria va a poner muchas reticencias a su aprobación. Habría que tener patinillos libres por lo que poder llevar los cables.
A mi me recomendaron que hiciese el esquama 2 para evitar problemas, además de ser más eficiente (en general al estar el CC a nivel de planta baja) a nivel de perdidas de energía y costes de instalación. Pero NO es imposible.