PLAN MOVEA 2017

Iniciado por GonzaloGM, Noviembre 15, 2016, 06:58:10 PM

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Errlin

Para eléctricos todavía quedan


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Juancho

A mi me acaban de decir que no

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alex_race

Banner superior en la web de reservas:

Se han agotado los fondos para la reserva de vehículos M1 y N1 de combustible GNC, GNL, Bifuel. Las reservas que se realicen, para estas cate...

qué susto me he llevado al ver el comienzo del mensaje...  :-\

Según BOE:
b) Vehículos propulsados por Gas Natural (GNC, GNL, bifuel): i. Turismos (M1) y furgonetas (N1): 600.000 euros.

Eso es lo que ha volado ya...

Juancho

Pues me han llamado del.concesionario que estamos fuera

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Juancho

Voy a llamar

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charlie663

Cita de: Juancho en Agosto 03, 2017, 01:07:55 PM
Pues me han llamado del.concesionario que estamos fuera

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¿En serio?. Joder tio...lo siento. A mi la hora que es, y con el por saco que le he dado al comercial...si no me ha llamado, me temo lo peor...

Juancho

Le he llamado y dice q lo van a volver a mirar. Madre mía que pais

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alex_race

Motocicletas (L3e, L4e, L5e): 430.000 euros también finiquitado

Juancho

Pero yo no puedo ver esos datos. Dónde estáis mirando???

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Sergio

Cita de: Juancho en Agosto 03, 2017, 01:12:14 PM
Pero yo no puedo ver esos datos. Dónde estáis mirando???

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https://www.movea2017.es/

alex_race

Texto completo del banner

Se han agotado los fondos para la reserva de vehículos L3e, L4e y L5e.  Las reservas que se realicen, para estas categorías a partir de ahora, entrarán en reserva provisional, supeditadas a la existencia de fondos disponibles procedentes de anulaciones. Se han agotado los fondos para la reserva de vehículos M1 y N1 de combustible GNC, GNL, Bifuel.  Las reservas que se realicen, para estas categorías a partir de ahora, entrarán en reserva provisional, supeditadas a la existencia de fondos disponibles procedentes de anulaciones.

Juancho

Si, pero ahí donde se miran los fondos. A mí no me deja hacer nada. Hay q registrarse en algún sitio o algo?

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alex_race

Cita de: Juancho en Agosto 03, 2017, 01:14:30 PM
Si, pero ahí donde se miran los fondos. A mí no me deja hacer nada. Hay q registrarse en algún sitio o algo?

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Sale moviéndose en el banner de la parte superior

Juancho

Ok. Gracias!

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charlie663

Según el BOE:

Citara) Turismos M1: Vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros, que tengan, además del asiento del conductor, ocho plazas como máximo.

b) Autobuses o autocares M2: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y su equipaje que tengan más de ocho plazas de asiento además de la del conductor, y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) no sea superior a 5 toneladas.

c) Autobuses o autocares M3: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y su equipaje que tengan más de ocho plazas de asiento además de la del conductor y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) sea superior a 5 toneladas.

d) Furgonetas o camiones ligeros N1: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) no supere las 3,5 toneladas.

e) Furgones o camiones ligeros N2: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) sea superior a 3,5 e inferior a 12 toneladas.

f) Furgones o camiones N3: Vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías y cuya masa máxima en carga técnicamente admisible (MMTA) sea superior a 12 toneladas.

g) Cuadriciclos ligeros L6e: Cuadriciclos ligeros cuya masa en vacío sea inferior o igual a 350 kg., no incluida la masa de las baterías, cuya velocidad máxima por construcción sea inferior o igual a 45 km/h, y potencia máxima inferior o igual a 4 kW.

h) Cuadriciclos pesados L7e: Cuadriciclos cuya masa en vacío sea inferior o igual a 400 kg. (550 kg. para vehículos destinados al transporte de mercancías), no incluida la masa de las baterías, y potencia máxima inferior o igual a 15 kW.

i) Motocicletas L3e, L4e, L5e: Vehículos con dos ruedas, o con tres ruedas simétricas o asimétricas con respecto al eje medio longitudinal del vehículo, con una velocidad de diseño superior a los 45 Km/h.

3. Los vehículos susceptibles de ser subvencionados deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Para los vehículos pertenecientes a las categorías M y N se exige la pertenencia a alguno de los siguientes tipos:

1. Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos, homologados como GLP/Autogás, Gas Natural Comprimido (GNC), Gas Natural Licuado (GNL), o bifuel gasolina-gas.

2. Eléctricos puros (BEV), propulsados total y exclusivamente mediante motores eléctricos.

3. Eléctricos de autonomía extendida (REEV), propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos.

4. Híbridos enchufables (PHEV) propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos, que a la fecha de activación de la reserva de presupuesto se encuentren clasificados como clase A o B en la «Base de datos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) de consumo de carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos» publicada en la página web de IDAE, conforme a lo dispuesto por el Real Decreto 837/2002, de 2 de agosto, por el que se regula la información relativa al consumo de combustible y a las emisiones de CO2 de los turismos nuevos que se pongan a la venta o se ofrezcan en arrendamiento en territorio español. El motor eléctrico deberá estar alimentado con baterías cargadas desde una fuente de energía externa.

5. Propulsados por pila de combustible

6. En el caso de los vehículos de categorías M1 y N1 homologados según el Reglamento (CE) n.º 715/2007, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2007, sobre la homologación de tipo de los vehículos de motor por lo que se refiere a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 5 y Euro 6) y sobre el acceso a la información relativa a la reparación y el mantenimiento de los vehículos, deberán acreditar que cuentan con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro) en el caso de vehículos de la categoría N1, y no superiores a 140 g/km en el caso de vehículos de la categoría M1, de acuerdo con la información que figure en la base de datos de «Consumo de Carburantes y emisiones de CO2 en coches nuevos», elaborada por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía.

Nosotros somos M1....